Hasta cuándo hay tiempo para pagar Ganancias y Bienes Personales en cuotas
Hasta cuándo hay tiempo para pagar Ganancias y Bienes Personales en cuotas
La AFIP comunicó que dispondrá una extensión del plazo para poder cancelar en un plan de pago de hasta tres cuotas las obligaciones referidas a Ganancias y Bienes Personales. Concretamente, la resolución 5243 del organismo, que será publicada en el Boletín Oficial del lunes próximo, establecerá que hasta el 30 de septiembre próximo los contribuyentes podrán acceder a esos planes de financiamiento, que requieren hacer un pago a cuenta inicial equivalente al 25% del impuesto a pagar, sin importar cuál es su calificación obtenida en el Sistema de Perfil de Riesgo (Siper). La nueva medida fue comunicada por la AFIP un día después conocerse que Mercedes Marcó del Pont deja de estar a cargo del organismo, en el contexto de los cambios en el gabinete nacional y de la llegada de Sergio Massa al Ministerio de Economía.
Dos meses atrás se estableció que la fecha límite para entrar a un plan de pagos por los dos impuestos correspondientes a 2021 sería el 31 de julio, es decir, el domingo próximo. Esa fecha, por ahora, no tuvo cambios, aun cuando luego de establecerse la AFIP dispuso, tras las medidas cautelares que favorecieron a los contadores que pedían una prórroga, nuevas fechas de vencimiento (fueron a mediados de julio) para la presentación de las declaraciones juradas y para el pago de una vez de los saldos resultantes a favor del fisco.
Para el ingreso a un plan de financiamiento Siper, que otorga una nota en función del cumplimiento de las normativas. La única excepción es para quienes estén en la categoría E, que es la calificación más baja (en esos casos no están previstos los planes). Para los calificados como A, B, C o D rige la posibilidad de saldar los impuestos en hasta tres cuotas, siempre haciendo un pago a cuenta inicial, equivalente al 25% del saldo total. De esta manera, se decide no aplicar el esquema de tasas y montos de pago a cuenta diferenciales en función de la nota otorgada por el Siper.
Esperar, tras la presentación de la declaración jurada, para hacer el pago en cuotas, no es algo que tenga costo cero. Debe tenerse en cuenta que por cada día que pase corren intereses resarcitorios. Y la tasa es hoy de 4,25 mensual. Y luego, por la cancelación en cuotas, se aplican intereses por financiamiento, que equivalen a la tasa mensual los plazos fijos del Banco Nación a 180 días, más un 1%.
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